¿Alguna vez te has preguntado qué puedo conducir con el permiso B? Este carnet se conoce familiarmente como el carnet del coche, pero lo cierto es que el permiso B es bastante más amplio y permite conducir furgonetas, motos, tractores…
A continuación, te contamos qué vehículos se pueden conducir con el permiso B, aunque ya te adelantamos que hay que prestar atención a los detalles, sobre todo en lo relativo a la masa máxima autorizada y la potencia.
¿Qué puedo conducir con el permiso B?
Para empezar, con el permiso B se pueden conducir automóviles con una masa máxima autorizada (MMA) de 3500 kg. Este peso abarca todos los turismos, incluidos vehículos más grandes que un coche como pueden ser las furgonetas. Eso sí, además del peso, existe otra restricción para estos vehículos, y es que estén diseñados para, como máximo, 8 pasajeros y un conductor (en total 9 personas).
Además, a los turismos se les pueden añadir remolques con una carga máxima autorizada de hasta 750 kg, lo que se conoce como remolques ligeros. De esta forma, con el permiso B se pueden conducir conjuntos de coche y remolque que lleguen a como máximo 4.250 kg de MMA.
Otra gran duda que surge ante la pregunta de qué puedo conducir con el permiso B es si este carnet autoriza a conducir motos. Con este carnet se pueden llevar ciclomotores de dos y tres ruedas, pero cuidado, porque las motos deben ser de como máximo 50 cc. Si deseas conducir motos de mayor cilindrada, tendrás que esperar a tener el carnet B al menos 3 años. Entonces podrás conducir motos de 125 cc, sin sidecar y con una potencia máxima de 11 kW (aproximadamente 15CV). O sea, el equivalente al carnet A1. Para motos de mayor potencia, habría que sacarse el carnet específico.
Y con el carnet B también es posible conducir cuadriciclos ligeros. ¿Qué incluye esta categoría? Los llamados coches sin carnet y los quads. En estos últimos, no importa la cilindrada.
Por último, si te preguntas qué puedo conducir con el permiso B por un tema laboral, debes saber que este permiso de conducción permite ponerse al volante de todo tipo de vehículos especiales agrícolas autopropulsados (tractores, máquinas remolcadas…). Y si te dedicas a un sector diferente, se pueden conducir vehículos especiales no agrícolas con una velocidad máxima no superior a 40 km/h y una MMA inferior a 3.500 kg (por ejemplo, una retroexcavadora pequeña).
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